La organización de pescadores artesanales interesada, remite a la Subsecretaría de Pesca una solicitud para contar con un área de manejo, la cual es ingresada a SIGAM. En dicha solicitud, se adjunta el croquis del área, en carta SHOA o IGM, del sector en el cual están interesados. La Subsecretaría se encarga de la definición de coordenadas geográficas. Una vez definidas las coordenadas, se solicita al Consejo Zonal de Pesca respectivo, su pronunciamiento mediante informe técnico, respecto de si en ese sector, es factible realizar un proyecto de manejo y explotación. Una vez que el Consejo se pronuncia favorablemente, se hace la consulta a Subsecretaría de Marina, para que desde la perspectiva de dicho organismo, el sector pueda ser definido como área de manejo. Si Subsecretaría de Marina no objeta el sector, se realiza la consulta interna al Departamento de Acuicultura por eventuales sobreposiciones con solicitudes de concesiones de acuicultura otorgadas o en trámite. Con todos estos antecedentes, la Subsecretaría de Pesca elabora el informe técnico que permitirá la dictación del decreto que fijará las áreas disponibles para llevar a efecto proyectos de manejo y explotación de recursos bentónicos. Una vez que el decreto ha sido firmado por el Sr. Ministro de Economía y posterior toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, el citado decreto es publicado por la Subsecretaría de Pesca en el Diario Oficial, y desde ese momento, cualquier organización de pescadores legalmente constituida puede solicitar el área presentando el Proyecto de Manejo y Explotación del Area. Publicado el Decreto anteriormente indicado, el Sernapesca solicita el área en Destinación al Ministerio de Defensa Nacional, de tal forma de firmar con la organización un convenio de uso una vez que Subsecretaría de Pesca apruebe el Proyecto de Manejo y Explotación de Área.
La organización presenta al Sernapesca, una propuesta de Estudio de Situación Base del Área (ESBA) y los antecedentes legales establecidos en el Reglamento. Sernapesca tiene un plazo de 15 días para revisar los antecedentes, y si éstos cumplen con los requerimientos exigidos, los remite a la Subsecretaría de Pesca, la que tiene un plazo de 45 días para aprobar, solicitar modificaciones o rechazar la propuesta. Si es rechazada, la organización tiene un plazo de 30 días para reformular la propuesta. Ingresada nuevamente a la Subsecretaría, ésta tiene un plazo de 30 días para resolver. La propuesta se aprueba mediante Resolución, la cual, a través de Sernapesca, se hace llegar al interesado adjuntando el informe técnico que elabora la Subsecretaría.
La organización tiene un plazo de 240 días (D.S. MINECON Nº 572/2000) a contar de la recepción de la Resolución, para entregar en la Subsecretaría de Pesca, el informe de resultados y propuesta del plan de manejo y explotación del área (PMEA). A contar de la fecha de presentación del PMEA, la Subsecretaría tiene un plazo de 60 días para dictar una resolución fundada que apruebe o deniegue el proyecto de manejo y explotación del área solicitada, la que hace llegar al interesado por medio de Sernapesca. La organización tiene la obligación de publicar el extracto de esa Resolución en el Diario Oficial. Dictada la Resolución que aprueba el proyecto de manejo y explotación, el Sernapesca celebrará un convenio de uso, por un período máximo de 4 años renovables, con la organización solicitante.
El PMEA, es realizado por la organización de pescadores con la asesoría técnica de una institución ligada a las ciencias del mar (universidad, instituto o empresa consultora). Este PMEA es formulado bajo un enfoque moderno de manejo pesquero que compatibiliza objetivos de conservación y explotación, dando sustentabilidad al sistema biológico-productivo. Con esto se logra, por un lado, regular el acceso a las pesquerías bentónicas y propender a la conservación de estos recursos y, por otro, se fomenta la consolidación de las organizaciones de pescadores y su capacidad de gestión, logrando que se recuperen los niveles de producción de las áreas entregadas, y que los pescadores mejoren sus beneficios a través de una gestión comercial organizada (el manejo, explotación y comercialización del recurso es responsabilidad de la organización).